Los salarios de los funcionarios y trabajadores están en riesgo

Corte Suprema La Gran Asamblea para la Unificación de la Jurisprudencia dictaminó el jueves pasado por mayoría que las pensiones podrían ser bloqueadas debido a la deuda de préstamos de consumo. Se afirmó que el bloqueo de pensiones, incluso para salarios inferiores al umbral de pobreza, también podría aplicarse a los salarios de los empleados asalariados. Los jueces, que votaron en contra de la decisión, declararon que el bloqueo podría embargar no solo los salarios de los jubilados, sino también los de los funcionarios públicos y quienes perciben el salario mínimo.
Los jueces del Tribunal Supremo de Apelaciones, en desacuerdo con la decisión mayoritaria, afirmaron que la decisión que otorga a los bancos el derecho y la facultad de bloquear o embargar pensiones no se deriva de la Ley de Seguridad Social, sino que dicho bloqueo se basaría en los principios de "pacta sunt servanda" y "libertad de contratación". Por lo tanto, los jueces declararon que la decisión afectaría negativamente no solo a los jubilados, sino también a cualquier persona en situación desfavorable, y emitieron la siguiente observación y advertencia:
'LOS DERECHOS SE HAN VULNERADO'
Si bien la decisión aborda los préstamos al consumo de los jubilados, también otorgará el derecho a bloquear y embargar los salarios de los funcionarios públicos y de quienes perciben el salario mínimo. Dado que la Decisión de Unificación de Jurisprudencia (DJ) permite bloquear incluso a los jubilados, quienes se encuentran en una posición más desfavorecida que otros trabajadores y gozan de protección integral, también se abre la posibilidad de bloquear a otros asalariados cuyos salarios superen la pensión. Esta decisión ha vulnerado los derechos a la seguridad social no solo de los jubilados, sino de todos los asalariados.
No se apoderarán de un décimo, sino de todo.Los jueces que discreparon de la decisión afirmaron que, mientras se formulaba la decisión de la mayoría, se alegaba que solo se estaba reteniendo una décima parte de las pensiones de los jubilados que no podían pagar sus deudas. Sin embargo, esto no era así. Los jueces concluyeron: «Si las pensiones pudieran embargarse, la ley solo permitiría la parte que exceda el nivel mínimo de subsistencia. La orden de embargo ha permitido a los bancos retener la totalidad de la pensión».
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