SEGUNDO TRIBUNAL CIVIL DE PAZ DE GIRESUN

BASIS NO: 2025/26 La herencia del fallecido MUSTAFA GÜNEY, nacido el 23/01/1960 y fallecido el 22/09/2025, registrado en el registro de población del distrito de KEŞAP, barrio/pueblo de UĞURCA, Tomo 4, 57, Fila familiar n.° 25, ha sido rechazada por todos sus herederos legales y se ha solicitado la liquidación oficial de la herencia;
De conformidad con el artículo 621 del Código Civil turco, se declara que quienes perciban un crédito, incluidos los acreedores, en virtud de una garantía, deberán declarar e inscribir sus créditos y deudas ante el Tribunal de Justicia, junto con la documentación pertinente, en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de notificación. En caso contrario, de acuerdo con el artículo 621 del Código Civil turco, los herederos de quienes no inscriban sus créditos dentro de este plazo no podrán reclamarlos ni a título personal ni en relación con la herencia, y deberán proporcionar información sobre el gravamen y la garantía.
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