Corte permite a escuelas frenar temporalmente lineamientos sobre comida chatarra

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las escuelas que forman parte del Sistema Educativo Nacional pueden solicitar juicios de amparo para suspender temporalmente la aplicación de los lineamientos sobre comida chatarra, promulgados el 30 de septiembre de 2024 por la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Por unanimidad, el Pleno aprobó el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa en la contradicción de criterios 137/2025, estableciendo que las escuelas, y no solo los vendedores de productos procesados, pueden pedir la suspensión provisional. La medida aplica siempre que se demuestre que la institución puede verse perjudicada por estos lineamientos.
La ministra Esquivel explicó que las escuelas tienen interés legítimo para solicitar la suspensión, ya que las normas implican obligaciones y sanciones para los planteles en caso de incumplimiento. Esto zanja el debate sobre si la medida cautelar podía extenderse únicamente a los comerciantes de alimentos procesados.
Los Lineamientos generales sobre preparación, distribución y expendio de alimentos y bebidas buscan regular la venta de productos procesados, preparados y a granel dentro de los planteles, promoviendo estilos de vida saludables.
Sin embargo, varias instituciones educativas, incluyendo el Centro de Investigación y de Estudios Avanzados (Cinvestav) del IPN, impugnaron la normativa. Alegaron que las disposiciones limitan actividades legales dentro de sus instalaciones, y defendieron la posibilidad de:
- Seguir vendiendo y publicitando productos procesados cumpliendo normas sanitarias.
- Mantener libertad en la preparación de alimentos en cafeterías sin prohibiciones absolutas de ciertos ingredientes.
- Evitar sanciones derivadas del incumplimiento de los lineamientos.
El ministro Giovanni Figueroa Mejía señaló que el engrose de la sentencia incluirá adecuaciones antes de emitir el criterio final del Pleno. Se enfatizó que la medida no busca permitir ni tolerar la venta de comida chatarra, sino únicamente evaluar si la suspensión provisional puede otorgarse a las escuelas obligadas a cumplir con los lineamientos.
En palabras del Pleno, esta acción no prejuzga la constitucionalidad de los lineamientos, y su finalidad es proteger temporalmente a las instituciones educativas mientras se resuelve el fondo del asunto.
Con esta resolución, las escuelas cuentan con un mecanismo legal para frenar temporalmente la aplicación de las normas sobre alimentos procesados. Esto les permite planificar sus servicios de alimentación, ajustar menús y operaciones de cafeterías, y gestionar actividades educativas sin temor a sanciones inmediatas.
Aunque la SCJN abrió la puerta a la suspensión provisional, la intención del tribunal sigue siendo proteger la salud de los estudiantes, promoviendo estilos de vida saludables y limitando la exposición a productos con altos niveles de azúcares, grasas y sodio.
La decisión genera un equilibrio temporal entre las obligaciones de la SEP y la autonomía operativa de los planteles, permitiendo que las escuelas participen en el proceso judicial para defender sus intereses y demostrar posibles afectaciones por la normativa.
Las instituciones que busquen suspender la aplicación de los lineamientos deberán presentar juicios de amparo ante los tribunales competentes. El Pleno de la SCJN definirá de manera final cómo se aplicará este criterio, pero queda claro que las escuelas tienen derecho a defenderse legalmente frente a normas que consideran restrictivas para su operación interna.
En resumen, la SCJN reafirma la posibilidad de suspender temporalmente los lineamientos sobre comida chatarra, garantizando que las escuelas puedan ejercer sus funciones sin sanciones inmediatas, mientras se revisa la legalidad de las normas de la SEP, y al mismo tiempo mantiene el objetivo de promover alimentación saludable en los planteles.
La Verdad Yucatán



