Corte ordena al Ejército incluir opción de 'no binario' en sistema de reclutamiento

El movimiento pidió a la Corte Constitucional acciones inmediatas para garantizar la entrega de medicamentos y el cumplimiento de las órdenes judiciales al Gobierno.
Cortesía
La Corte Constitucional ordenó al Ejército Nacional incluir la opción de 'no binario' en los trámites del servicio militar. La determinación se da luego de que se fallara una tutela a favor de un joven que denunció la vulneración de sus derechos a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad.
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En el caso en cuestión, el demandante, identificado como Tonny Alberto Gualdrón Pacheco, señaló que se le negó actualizar su libreta militar a la identidad de género con la que se reconoce legalmente.
Lo anterior está ligado a que ya contaba con documentos oficiales, como el registro civil de nacimiento y la cédula de ciudadanía, en los que figuraba el término 'no binario'.
En ese sentido, el Ejército respondió que no existía fundamento jurídico para registrar en su sistema un marcador distinto a 'hombre' o 'mujer'. También señaló que Alegó que, aunque el alto tribunal ya abordó este tema en la sentencia T-033 de 2022, corresponde al Congreso definir la regulación aplicable.
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Libreta militar
Comando de Reclutamiento del Ejército Nacional
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Como parte de su determinación, la Corte señaló que la identidad de género no constituye una categoría única, sino un espectro que abarca diversas formas de autopercepción y expresión, "las cuales deben ser protegidas constitucionalmente como manifestaciones del libre desarrollo de la personalidad".
También indicó que "mantener este modelo binario sin ajustes institucionales que incorporen tales identidades reproduce una visión limitada del género y constituye una forma de exclusión incompatible con el mandato constituyente de asegurar el pluralismo".
De la misma manera, mencionó que la falta de mecanismos para realizar este registro dentro del trámite implica un trato diferenciado e injustificado.
En ese sentido, el Ejército tendrá un plazo de dos meses, contados a partir de la notificación del fallo, para diseñar y ejecutar un plan de capacitación dirigido a que “las personas encargadas de administrar los sistemas de información de la entidad garanticen los derechos constitucionales de las personas con identidad de género no binaria, según lo establecido en esta sentencia”.
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PORTAFOLIO*Con información de EL TIEMPO
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